ARTÍCULO 5. Las acciones para la ejecución del programa contra el tabaquismo se ajustarán a lo dispuesto en este capítulo, sin perjuicio de lo que establezcan las demás disposiciones aplicables.
ARTÍCULO 6. La prevención del tabaquismo tiene carácter prioritario, principalmente en la infancia y la adolescencia, y comprenderá las siguientes acciones:
I. La promoción de la salud, que considerará el desarrollo de actitudes y conductas que favorezcan estilos de vida saludables en la familia, el trabajo y la comunidad;
II. La orientación a la población sobre los riesgos a la salud por el consumo de tabaco;
III. La inclusión de contenidos acerca del tabaquismo en programas y materiales educativos;
IV. La orientación a la población para que se abstenga de fumar en el hogar, centro de trabajo y en los lugares públicos;
V. La detección temprana del fumador;
VI. La promoción de espacios libres de humo de tabaco;
VII. El fortalecimiento de la vigilancia sobre el cumplimiento de la regulación sanitaria relativa a las restricciones para la venta de tabaco, y
VIII: El establecimiento de políticas tendientes a disminuir el acceso al tabaco.
ARTÍCULO 7. El tratamiento del tabaquismo comprenderá las acciones tendientes a:
I. Conseguir que las personas que lo deseen puedan abandonar el hábito;
II. Reducir los riesgos y daños causados por el consumo de tabaco;
III. Abatir los padecimientos asociados al consumo de tabaco;
IV. Atender y rehabilitar a quienes tengan alguna enfermedad atribuible al consumo de tabaco, y
V. Incrementar el grado de bienestar físico, mental y social tanto del consumidor de tabaco como de su familia y compañeros de trabajo.
ARTÍCULO 8. La investigación sobre el tabaquismo considerará:
I. Sus causas, que comprenderá, entre otros:
a. Los factores de riesgo individuales y sociales,
b. Los problemas de salud y sociales asociados con el consumo de tabaco,
c. La magnitud, características, tendencias y alcances del problema,
d. Los contextos socioculturales del consumo y
e. Los efectos de la publicidad sobre el consumo, y
II. El estudio de las acciones para controlarlo, que comprenderá, entre otros:
a. La valoración de las medidas de prevención y tratamiento;
b. La información sobre:
1. La dinámica del problema del tabaquismo,
2. La prevalencia del consumo de tabaco,
3. Las necesidades y recursos disponibles para realizar las acciones de prevención y control del consumo de tabaco,
4. La conformación y tendencias de la morbilidad y mortalidad atribuibles al tabaco,
5. El cumplimiento de la regulación sanitaria en la materia y
6. El impacto económico del tabaquismo y
c. El conocimiento de los riesgos para la salud asociados al consumo de tabaco.
La información a que se refiere el presente artículo deberá integrarse en el sistema de información sobre adicciones. |